El Ministerio Público recurre el archivo del caso de dos hermanos torturados por la Brigada Político-Social a pesar de que el Constitucional ha cerrado la puerta en varias ocasiones a investigar este tipo de causas por prescripción y por la amnistía de 1977
El Constitucional rechaza el último recurso de una víctima de brutalidad policial en la Transición
La Fiscalía se ha dirigido al Constitucional para pedir que reconsidere su negativa recurrente a que los crímenes del franquismo se investiguen de forma efectiva por parte de los jueces. El Ministerio Público ha recurrido ante el tribunal de garantías el archivo de la denuncia de dos hermanos que afirman haber sido torturados por parte de la Brigada Político-Social en Barcelona en 1971. La petición llega después de que el Tribunal Constitucional haya dado carpetazo a varios casos similares de abusos policiales, tanto en el franquismo como en la Transición, explicando que los delitos denunciados han prescrito y que, además, los efectos de la amnistía de 1977 también complican su investigación.
El caso que llega ahora a manos del tribunal de garantías es el de los hermanos José Pablo y María Isabel Ferrándiz. Opositores al régimen en el Front Obrer y la Jove Guardia Roja del Partido Comunista Internacional, fueron arrestados en abril de 1971 en su casa y puestos a disposición de la Brigada Político-Social en la sede policial de Vía Laietana, en Barcelona, actual sede de la Jefatura de Policía de Cataluña.
Allí, según relatan, fueron sometidos a torturas físicas y psicológicas además de a condiciones deficientes de higiene y alimentación entre interrogatorios que tenían un objetivo: “Obtener información sobre la militancia política de otras personas del PCE-I y de su organización”. Los dos fueron encarcelados, él en la Modelo y ella en La Trinitat Vella, donde siguieron los episodios de violencia hasta que abandonaron la cárcel en 1972 y fueron indultados en 1975.
En su denuncia, los hermanos Ferrándiz identificaban a los policías a los que acusaban de participar en la detención y la investigación contra ellos. Un caso que llegó a manos de un juzgado de Barcelona a finales de 2023, una vez en vigor la Ley de Memoria Democrática, que optó por la inadmisión en marzo de 2024 alegando un argumento transversal a todos estos procesos: el delito que se atribuye a los policías no fue implantado hasta 2004, mucho después de los hechos, la prescripción de los hechos ocurridos hace medio siglo y finalmente la aplicación de la Ley de Amnistía de 1977. La Audiencia de Barcelona rechazó los recursos y confirmó el archivo del caso.
El Ministerio Público ante el Constitucional, en coordinación con la Fiscalía especializada en Memoria Democrática, ha decidido llevar el caso ante el Tribunal Constitucional. La ley, explica en su recurso, reconoce el derecho de las víctimas del franquismo a obtener de los tribunales “una investigación eficaz que conduzca a la declaración de hechos sobre una realidad sucedida en el pasado, referida a la represión efectuada por el Estado”. El juzgado, al archivar este caso, no hizo ninguna mención a la Ley de Memoria Democrática. “Lo que se requiere es la apertura de la investigación y, una vez delimitados los hechos, acordar lo que sea procedente”.
Los casos rechazados por el Constitucional
La petición de la Fiscalía en el caso de los gemelos Ferrándiz llega después de que el Tribunal Constitucional, en varios autos y sentencias, haya cerrado la puerta a este tipo de peticiones: a que los juzgados y tribunales investiguen crímenes cometidos por el régimen franquista. Por la prescripción de los delitos, la inexistencia de algunos tipos penales en el momento de ocurrir los hechos y, finalmente, por el muro infranqueable de la Ley de Amnistía de 1977.
En los últimos meses el Constitucional ha rechazado, con división interna, los recursos de dos represaliados. Uno de ellos es el de Francisco Ventura, militante antifranquista detenido y encarcelado en València a finales de la década de los años sesenta. El otro caso, revelado por elDiario.es, los magistrados han rechazado la petición de la familia del joven Ángel Almazán de que se investigue de forma efectiva su muerte a manos de la Policía en una manifestación en Madrid ya en la Transición.
Las decisiones del Constitucional no han sido unánimes y han contado con el voto particular en contra de magistrados progresistas como Ramón Sáez o María Luisa Balaguer, que desde hace años apuestan por la necesidad de que, al menos, estos recursos se admitan a trámite y una sentencia sobre el fondo del asunto zanje el debate sobre si los juzgados y tribunales deben, al menos, investigar los crímenes de la dictadura de forma efectiva.